Se podrán presentar proyectos de investigación desarrollados
en instituciones públicas o privadas sin fines de lucro que tengan como objetivo establecer las bases para la formación de nuevas empresas de base tecnológica.
Los proyectos deberán reunir las siguientes características:
Orientarse a la creación, en el mediano plazo, de nuevas competencias tecnológicas y/o nuevas competencias en el mercado de bienes y servicios. | |
Enfocarse hacia el desarrollo de conocimientos con un alto potencial en el campo de las innovaciones tecnológicas incrementales o radicales, a nivel nacional o internacional. | |
Dirigirse a objetivos tecnológicos alcanzables en el mediano plazo. | |
Producir conocimientos, en principio, susceptibles de patentamiento o de protección de la propiedad intelectual. | |
Producir resultados altamente innovativos con factibilidad de explotación comercial, que puedan ser canalizados a través de la creación de una nueva empresa de base tecnológica. |
Fuente: Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica.
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